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Recursos de apelación de resoluciones emitidas por la Unidad de Procedimientos Legales de Tránsito, Transporte y Carga; la Dirección General de Transporte Terrestre; la Dirección General de Tránsito, y la Dirección General de Transporte de Carga

Persona jurídica

El recurso de apelación es un derecho establecido por ley para todo administrado que no se encuentre de acuerdo con actos emitidos por la administración pública.

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Institución encargada
Ministerio de Obras Públicas y de Transporte - (Dirección Legal)
3p
Medios de presentación
Presencial
supervisor_account
Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
30 días hábiles
place
Ubicación física del trámite
  • Centro comercial Las Cascadas, SOHO, Antiguo Cuscatlán, La Libertad
payments
Costo del trámite
No tiene costo.

Ver tarifario

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia indefinida
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 30 días hábiles
  • Tipo de solicitud: Servicio
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado que tenga documentos para comprobar la representación
Requisitos
  • Fotocopia de credencial del representante legal inscrita en el Registro de Comercio: Se deberá acreditar, por medio de la credencial del representante legal debidamente registrada y actualizada, que tiene la representación legal de la persona jurídica para actuar y representar en nombre de esta. La fotocopia debe estar certificada por un notario.
  • Fotocopia de escritura pública de constitución de sociedad: Actualmente se trabaja con el Centro Nacional de Registros, mediante un convenio interinstitucional, con el objetivo de tener acceso a la consulta de los registros de las sociedades; sin embargo, el servicio aún no está habilitado, por lo que es necesario que se agregue la fotocopia certificada por un notario autorizado para tener la certeza de que, efectivamente, existe.
Representación por tercero:
  • Credencial de representante legal: Actualmente se está gestionando el convenio interinstitucional con el Centro Nacional de Registros para la consulta de este tipo de documentos; sin embargo, el servicio no se encuentra habilitado por el momento, por lo que se requiere de la presentación de la fotocopia certificada de la credencial que lo acredita como representante legal. Ese documento debe estar vigente e inscrito en el Registro de Comercio.
  • Documento privado con firma legalizada por un notario: El tercero únicamente puede presentar el trámite si la firma del representante legal de la persona jurídica está legalizada.
  • Fotocopia de testimonio de escritura pública de poder especial o cláusula especial: Actualmente se solicita la fotocopia del testimonio del poder especial a efectos de ir creando un registro interno de apoderados, que actualmente no se tiene. La fotocopia debe estar certificada por un notario. El poder especial deberá ser específico para que lo faculte para la tramitación y presentación del recurso, para que reciba notificaciones y firme documentación a nombre del representante legal de la sociedad o asociación.
  • Fotocopia de testimonio de escritura pública de poder general administrativo: Actualmente se solicita la fotocopia del testimonio del poder general administrativo a efectos de ir creando un registro interno de apoderados, que actualmente no se tiene. La fotocopia debe estar certificada por un notario. Además, el poder general administrativo debe contener una cláusula especial que lo faculte para la tramitación y presentación del recurso, para que reciba notificaciones y firme documentación a nombre del representante legal de la persona jurídica.
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 125, párrafo/inciso 3, y artículo 67, numeral 69
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 64, numeral 2
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 125, párrafo/inciso 1
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículos 123 y 134
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 135, párrafo/inciso 4
  • Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
    Artículo 119 C
  • Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
    Artículo 119 D




Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

SOHO - Oficina de atención al usuario

Centro comercial Las Cascadas, SOHO, Antiguo Cuscatlán, La Libertad

Vilma Contreras

+503 2133-3600

[email protected]

Lunes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Martes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Miércoles: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Jueves: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.

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