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Permiso para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros tipo selectivo

Taxi - Persona natural

Artículo 28 de la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: "Se entiende como vehículos destinados al servicio de transporte selectivo de pasajeros únicamente a los taxis, los cuales podrán prestar este tipo de servicio previa autorización emitida por el Viceministerio de Transporte, a través de la Dirección General de Transporte y mediante el cumplimiento de los requisitos señalados en esta ley y sus reglamentos".

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Institución encargada
Ministerio de Obras Públicas y de Transporte - (Dirección General de Transporte Terrestre)
3p
Medios de presentación
Presencial
supervisor_account
Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
Nueve meses calendario
place
Ubicación física del trámite
payments
Costo del trámite
USD 50

Ver tarifario

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia de un año
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: Nueve meses calendario
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado que tenga documentos para comprobar la representación
Requisitos
  • Autorización simple en original: Se requiere la opinión de la municipalidad respectiva sobre el estacionamiento, garaje o punto de taxis propuesto.
  • Carné original de motorista emitido por el VMT: Se debe indicar el número de carné vigente del motorista que se designe para la conducción de la unidad. Este es extendido por el VMT para el tipo selectivo. Debe estar vigente a la fecha de presentación de la solicitud. La información relacionada con la designación del conductor es confirmada en el registro de motoristas del VMT.
  • Certificación de emisión de gases en original: Debe ser realizada por talleres debidamente autorizados y extendida dentro de los 30 días previos a la solicitud. Se debe establecer el buen estado de funcionamiento de la unidad. Este requisito no es necesario cuando se trate de vehículos nuevos con cero kilómetros.
  • Comprobante de pago en original: Debe presentar el recibo original del pago para la realización del trámite de autorización. La copia debe estar registrada en el VMT. En ella debe constar el tipo de servicio y el monto (USD 50 al presentar la solicitud).
  • Constancia de aprobación de revisión técnica vehicular en original: Debe presentar el recibo original del pago para la realización del trámite de autorización. Además, se requiere copia debidamente registrada extendida por talleres autorizados dentro de los 30 días previos a la solicitud. Se debe establecer el buen estado de funcionamiento de la unidad. Este requisito no es necesario cuando se trate de vehículos nuevos con cero kilómetros.
  • Fotocopia del Documento Único de Identidad: Debe estar certificada por un notario.
  • Fotocopia del Número de Identificación Tributaria: Debe estar certificada por un notario.
  • Solvencia municipal en original: La solvencia municipal debe ser del lugar desde donde propone operar (el estacionamiento, garaje o punto de taxis).
Representación por tercero:
  • Autorización simple: Es un documento de autorización otorgado por el solicitante a favor de un tercero, con firma autenticada ante un notario.
  • Documento privado con firma legalizada por un notario: En el documento se describe la solicitud a presentar y se identifica a la persona autorizada.
  • Testimonio de escritura pública de poder especial o cláusula especial: Poder otorgado por el solicitante a favor de un tercero, con el que lo faculta para solicitar el permiso de transporte especial.
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Acuerdo ejecutivo en el ramo de Hacienda, número 660, de fecha 29 de mayo de 2017, que contiene la autorización de precios para los bienes y servicios prestados por el Fondo de Actividades Especiales del Ministerio de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Desarrollo Urbano, publicado en el Diario Oficial número 114, tomo 415, de fecha 21 de junio de 2017
    Artículo 1, literal f, numeral 1
  • Disposiciones Generales de Presupuestos
    Artículo 153
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículos 67 y 69
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículos 5 y 73
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 89, numeral 2
  • Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial
    Artículo 28
  • Reglamento General de Transporte Terrestre
    Artículo 82
  • Reglamento General de Transporte Terrestre
    Artículos 89 y 119
  • Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo
    Artículo 1, literal f, numeral 1


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