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Autorización para construir obras hidráulicas en el derecho de vía

Persona jurídica

Riesgos identificados
a) Que luego del proceso constructivo las condiciones del pavimento no queden en iguales o mejores condiciones y se genere un daño a la obra pública
b) Que las reparaciones hechas por la empresa solicitante —como resultado de los daños ocasionados por la autorización otorgada— no cumplan con las condiciones de construcción para el caso de carreteras y como consecuencia de eso se deba hacer cumplir la garantía de buena obra
El trámite es gratuito; sin embargo, se debe cancelar la inspección por un monto variable en función de la ubicación del área a intervenir. Para las zonas central y paracentral el monto asciende a USD 29.06; en el Área Metropolitana de San Salvador el costo es de USD 25.83; en la zona occidental, USD 29.06, y el costo de inspección en la zona oriental es de USD 35.51.
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Institución encargada
Ministerio de Obras Públicas y de Transporte - (Dirección General de Caminos)
3p
Medios de presentación
Presencial
supervisor_account
Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
Un día hábil
place
Ubicación física del trámite
  • Kilómetro 5.5, carretera a Santa Tecla, San Salvador, San Salvador
payments
Costo del trámite
No tiene costo.

Ver tarifario

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia de tres años
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 15 días hábiles
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado que tenga documentos para comprobar la representación
Requisitos
  • Carta compromiso en original: El documento debe estar firmado y sellado por un notario. En él debe constar el compromiso siguiente: 1) dejar el área a romper en las mismas o en mejores condiciones que en las que se encuentra; 2) en caso de que el Ministerio de Obras Públicas y de Transporte (MOPT) o el Fondo de Conservación Vial (Fovial) requieran el área del derecho de vía para alguna ampliación de esta o para ejecutar cualquier obra adicional, se comprometen a reubicar las tuberías en otro lugar en el plazo que se les indique, sin costo económico para este ministerio ni para el Fondo de Conservación Vial; por otra parte, asumen la responsabilidad en caso de reclamos por parte de la ciudadanía si son producto de las malas condiciones en que haya quedado dicha área.
  • Comprobante de pago en original: El pago es por la inspección.
  • Fotocopia del registro de contribuyente al IVA (tarjeta NRC): La fotocopia debe estar certificada por un notario.
  • Fotocopia simple de credencial del representante legal inscrita en el Registro de Comercio:
  • Fotocopia simple del Documento Único de Identidad: Representante legal, apoderado o persona autorizada
  • Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria: Representante legal, apoderado o persona autorizada
  • Fotocopia simple del Número de Identificación Tributaria: Es el NIT de la sociedad, asociación o fundación sin fines de lucro.
  • Garantía por impuestos en original: Deberá presentar la garantía de buena obra por el valor total, es decir, el 100 % de los trabajos de reparación que se ejecuten.
  • Planos constructivos en original:
Representación por tercero:
  • Documento privado con firma legalizada por un notario:
  • Fotocopia de testimonio de escritura pública de poder general administrativo: Poder general administrativo o con cláusula especial
  • Fotocopia del DUI: autorizado/apoderado:
  • Fotocopia del NIT: autorizado/apoderado:
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Código Civil
    Artículo 580
  • Ley de Carreteras y Caminos Vecinales
    Artículos 8 y 10
  • Ley de Carreteras y Caminos Vecinales
    Artículo 37, párrafo/inciso 3
  • Ley de Carreteras y Caminos Vecinales
    Artículo 37
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 69
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 89
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 73
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 89, párrafo/inciso 2
  • Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo
    Artículo 43
Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

Plantel La Lechuza - Dirección General de Caminos - Oficina de atención al usuario

Kilómetro 5.5, carretera a Santa Tecla, San Salvador, San Salvador

Ana Miriam Marenco

+503 2528-3034

[email protected]

Lunes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Martes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Miércoles: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Jueves: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.
Viernes: de 7:30 a. m. a 3:30 p. m.

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