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Autorización de centros de mediación y arbitraje

Modalidad única

Reconocer a entidades privadas como otros medios alternativos de solución de diferencias de asuntos civiles o comerciales sobre los cuales tengan la libre disposición de sus bienes que sean susceptibles de transacción o desistimiento.

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Institución encargada
Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial - (Dirección Jurídica - MIGOBT)
3p
Medios de presentación
Presencial
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Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
60 días hábiles
place
Ubicación física del trámite
  • Novena calle poniente y quince avenida norte, nivel 6 de la Torre de Gobernación, San Salvador, San Salvador
payments
Costo del trámite
info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: el certificado obtenido tiene una vigencia de 60 días
  • Periodicidad: el trámite debe ser renovado a al vencimiento
  • Plazo máximo legal de respuesta: 60 días hábiles
  • Tipo de solicitud: servicio
  • Tercero autorizado: este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado requiere documentos para comprobar la representación
Requisitos
  • Código de ética en original: Código de Ética aplicable a los árbitros, funcionarios y empleados administrativos del centro.
  • Credencial de identificación en original: presentar el documento que ampare la personería jurídica vigente de la institución (constituida o no como persona jurídica, que ha sido creada por una cámara de comercio, asociación gremial o universidad), en su caso, el documento que contenga la simple fundación del centro.
  • Declaración jurada ante notario en original: declaración jurada de que se someterán a la vigilancia, control y fiscalización del Ministerio y que cobrarán con dicha Secretaría de Estado, cuando ejerza su facultad de control, vigilancia y fiscalización.
  • Detalle de recursos: dicho detalle deberá contener los recursos logísticos, administrativos y financieros del centro
  • Estudio de factibilidad económico-financiero en original: dicho estudio de factibilidad deberá contener:

    1. Aspectos Generales:
    a. Nombre del Centro;
    b. Institución a la cual se encuentra adscrita;
    c. Justificación;
    d. Objetivos;
    e. Servicios que ofrecerá;
    f. El segmento de la población al que están dirigidos esos servicios;
    g. Estimación de la demanda actual y potencial de servicios;
    h. Las características de los servicios en función de los honorarios, control, gastos administrativos, calidad, privacidad e idoneidad de los árbitros y del personal del Centro; 
    i. La estrategia de mercado.

    2. Aspectos administrativos y logísticos:
    a. Organización;
    b. Definición de los procesos administrativos;
    c. Perfiles o requisitos de los árbitros y personal administrativo;
    d. Ubicación de las instalaciones; y
    e. Conclusiones sobre la viabilidad económica del Centro.
  • Plano arquitectónico en original: el plano de la infraestructura del centro, con indicación expresa de su distribución y áreas a utilizar a fin de atender debidamente sus funciones y garantizar a los usuarios la necesaria reserva y confidencialidad de sus procedimientos, así como la comodidad de aquellos durante el desarrollo de las audiencias.
  • Reglamento o reglamentos internos en original: 1. El Reglamento debe contener lo siguiente:
    a. Los árbitros del Centro, en un número que no puede ser inferior de veinte, con indicación expresa para cada uno de ellos de su formación y experiencia en el área de medios alternativos de solución de diferentes, adjuntando copia certificada de los documentos que acreditan su formación o experiencia;
    b. La forma en que se encuentra estructurada la lista de árbitros y
    mediadores;
    c. Los requisitos para ingresar a ella;
    d. El plazo de vigencia que tendrá; y
    e. Las causales de exclusión de la misma.
    2. La forma de designación de los árbitros que habrán de atender cada caso;
    3. Las tarifas de honorarios de los árbitros;
    4. Las tarifas de gastos administrativos por los servicios brindados por el
    Centro;
    5. Las normas administrativas aplicables al Centro;
    6. El organigrama del Centro, indicando la forma de designar a sus
    funcionarios y las funciones correspondientes;
    7. Las reglas del procedimiento arbitral aplicables, en el caso que las partes
    no hayan dispuesto sobre el particular.
  • Sistema de organización: sistema de organización y resguardo de los archivos de laudos arbitrales, contratos de transacción o actas de mediación.
Representación por tercero:
  • Testimonio de escritura pública de poder especial o cláusula especial: es el documento legal mediante el cual se acredita la calidad en la que actúa el tercero autorizado
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Hacienda, número 1097, de fecha 04 de septiembre de 2015, que contiene la autorización de precios para la prestación de servicios del Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial, los cuales incluyen IVA, publicado en Diario Oficial Número 176, Tomo 408, de fecha 28 de septiembre de 2015.
    Numeral 1, Literal A
  • Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 86
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 67
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 18
  • Reglamento General de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 13
  • Reglamento General de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 13
  • Reglamento General de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 7
  • Reglamento General de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 7
  • Reglamento General de la Ley de Mediación, Conciliación y Arbitraje
    Artículo 11
  • Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo
    Artículo 34, Numeral 7
Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

Recepción de la Dirección Jurídica - MGDT

Novena calle poniente y quince avenida norte, nivel 6 de la Torre de Gobernación, San Salvador, San Salvador

Graciela Gómez

+503 25247 7182, ext. 7182

[email protected]

Lunes de 07:30 AM a 03:30 PM
Martes de 07:30 AM a 03:30 PM
Miércoles de 07:30 AM a 03:30 PM
Jueves de 07:30 AM a 03:30 PM
Viernes de 07:30 AM a 03:30 PM

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