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Constancia de no restricción migratoria

Persona Natural

Es el documento que comprueba que una persona no posee restricción migratoria emitida por esta Dirección General

Costo del trámite

+503 2213-7739

Dirección General de Migración y Extranjería

A partir del cuarto día hábil, contado un día después de solicitado el trámite

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • Persona delegada:
      • Documento Único de Identidad vigente y en original
      • Original y copia del documento que compruebe la representación legal, donde se consigne que está facultado para realizar el trámite, el cual puede ser: poder general administrativo; poder especial; poder judicial, siempre que se demuestre el interés legal; acta notarial o documento privado con firma legalizada

    *Cualquiera de los anteriores debe ser elaborado por notario, cónsul salvadoreño o funcionario extranjero; para este último caso, los documentos deberán presentarse debidamente apostillados o en su defecto autenticados y de encontrarse en idioma diferente al castellano, debe seguir las respectivas diligencias de traducción.

      • Copia de los documentos del poderdante establecidos para persona nacional o extranjera, según sea el caso
      • Completar el formulario del trámite solicitado emitido por la Dirección General
  • Persona extranjera:
      • Pasaporte o Carnet de Residencia vigente y en original. En el caso de los ciudadanos de los países de Guatemala, Honduras y Nicaragua podrán presentar el documento de identidad vigente de su país de procedencia
      • Completar el formulario del trámite solicitado emitido por la Dirección General
  • Persona nacional:
      • Documento Único de Identidad vigente y en original
      • Completar formulario del trámite solicitado emitido por la Dirección General
  • Trámite para niño, niña y adolescente:
      • Deberá ser tramitada por uno o ambos padres o tutor
      • Por persona delegada autorizada por uno o ambos padres o tutor, la cual debe ser específica para la Dirección General
      • Por el mismo adolescente a partir de los catorce años
      • Presentar certificación de la partida de nacimiento salvadoreña o emitida desde la plataforma SIMPLE.SV, la cual debe haber sido expedida dentro de un año anterior a la petición, en el caso de ser un trámite por primera vez
      • Presentar pasaporte vigente de la niña, niño o adolescente extranjero y el de uno o ambos padres
      • Presentar Documento Único de Identidad vigente y en original del padre, madre, tutor o personal delegada, solicitante
      • Completar y firmar el formulario del trámite solicitado emitido por la Dirección General
Detalles
  • Vigencia: 90 días
  • Periodicidad: El trámite será solicitado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: A partir del cuarto día hábil
  • Tipo de solicitud: Solicitud de Constancia de No Restricción