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Certificación de elección de Junta Directiva de iglesia

Modalidad única

Una vez electa la nueva junta directiva de la Iglesia, se debe presentar la certificación del punto de acta de elección para que el Registro de Asociaciones y Fundaciones sin Fines de Lucro la certifique, la elección debe ser de conformidad a sus estatutos.

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Institución encargada
Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial - (Dirección General de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro)
3p
Medios de presentación
Presencial
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Tipo de trámite
Ciudadano
schedule
Duración promedio
20 días hábiles
place
Ubicación física del trámite
  • Torre Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial
    Segunda planta, novena calle poniente y quince avenida norte, Centro de Gobierno, San Salvador, San Salvador
payments
Costo del trámite
$25.00 por la certificación de elección de nueva junta directiva, más $0.40 centavos por cada folio adicional de la certificación.

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: la vigencia dependerá del período de la junta directiva que establezcan los estatutos de cada iglesia en particular
  • Periodicidad: el trámite debe ser renovado al vencimiento
  • Plazo máximo legal de respuesta: 20 días hábiles
  • Tipo de solicitud: trámite de obligación
  • Tercero autorizado: este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado requiere documentos para comprobar la representación
Requisitos
  • Credencial de elección de la junta directiva en original: certificación del punto de acta de elección de Junta Directiva, extendida de la manera estipulada en los estatutos, firmada por el secretario y elaborada frente y vuelto (original y fotocopia).
Representación por tercero:
  • Documento privado con firma legalizada por notario: en el caso de representación convencional, se debe presentar un escrito firmado por el representante legal con la firma autenticada por notario, donde facultan a un tercero para realizar el trámite, presentar y suscribir escritos, notificarse, etc.
  • Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial o cláusula especial: para el caso de representación legal, se debe presentar Escritura Pública de Poder, donde el representante legal confiera las facultades suficientes para actuar en su representación
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

Área de Dirección General de Asociaciones y Fundaciones Sin Fines de Lucro - Atención a la Asistente

Torre Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial
Segunda planta, novena calle poniente y quince avenida norte, Centro de Gobierno, San Salvador, San Salvador

Víctor Mancía/Dina Santos

+503 2527 7078/89

[email protected]

Lunes de 07:30 AM a 03:30 PM
Martes de 07:30 AM a 03:30 PM
Miércoles de 07:30 AM a 03:30 PM
Jueves de 07:30 AM a 03:30 PM
Viernes de 07:30 AM a 03:30 PM

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