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Autorización de advertencia sanitaria

Publicidad (diseño)

Este trámite debe realizarlo toda persona natural o jurídica, para obtener autorización del diseño de publicidad de tabaco, que previamente haya obtenido la autorización de advertencia sanitarias para empaques. La publicidad aprobada solo puede ser utilizada al interior de los puntos de venta. Si hay cambios de empaque, se debe cambiar la publicidad.

corporate_fare
Institución encargada
Ministerio de Salud - (Dirección de Salud Ambiental/ Unidad de Alcohol y Tabaco)
3p
Medios de presentación
Presencial
supervisor_account
Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
20 días hábiles
place
Ubicación física del trámite
  • Alameda Roosevelt, edificio Laboratorio Nacional de Referencia, Dr. Max Bloch, frente al parque Cuscatlán, San Salvador, San Salvador
payments
Costo del trámite
No tiene costo

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia de 1 año
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 20 días hábiles
  • Tipo de solicitud: Trámite obligatorio
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado no requiere documentos para comprobar la representación.
Requisitos
  • Diseño de publicidad en original: Presentar 2 ejemplares
  • Fotocopia certificada por notario de credencial del representante legal inscrita en el Registro de Comercio: Se presentará fotocopia certificada, al vencimiento o revocación.
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 5 y artículo 69
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 86
  • Ley para el Control del Tabaco
    Artículo 1, artículo 4 y artículo 13
  • Reglamento de la Ley para el Control del Tabaco
    Artículo14,
  • Reglamento de la Ley para el Control del Tabaco
    Artículo14
  • Reglamento de la Ley para el Control del Tabaco
    Artículo14,
  • Reglamento de la Ley para el Control del Tabaco
    Artículo1, artículo 7, artículo 14, artículo 17 y artículo 18
Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

Dirección de Salud Ambiental - Unidad de Alcohol y Tabaco

Alameda Roosevelt, edificio Laboratorio Nacional de Referencia, Dr. Max Bloch, frente al parque Cuscatlán, San Salvador, San Salvador

José Enrique Mendoza Hernández

+503 2205 1655

[email protected]

Día: Lunes de 07:30 AM a 03:30 PM
Día: Martes de 07:30 AM a 03:30 PM
Día: Miércoles de 07:30 AM a 03:30 PM
Día: Jueves de 07:30 AM a 03:30 PM
Día: Viernes de 07:30 AM a 03:30 PM

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