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Certificación por incendios atendidos

Modalidad única

El Cuerpo de Bomberos presta a la población los servicios de combate y extinción de incendios y está facultado para emitir a solicitud de parte interesada una certificación por cada incendio atendido.

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Institución encargada
Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial - (Dirección General del Cuerpo de Bomberos de El Salvador)
3p
Medios de presentación
Presencial
supervisor_account
Tipo de trámite
Empresarial
schedule
Duración promedio
5 días hábiles
place
Ubicación física del trámite
payments
Costo del trámite
Tarifa 50 colones=$5.71 más el pago del 13 %del IVA, siendo un costo total de $6.45.

Ver tarifario

info
Este trámite y sus elementos han sido inscritos en el Registro Nacional de Trámites,
por lo tanto solo podrá exigirse y aplicarse en la forma en la que ha sido registrado
Detalles
  • Vigencia: el certificado obtenido tiene una vigencia indefinida
  • Periodicidad: el trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 5 días hábiles
  • Tipo de solicitud: servicio
  • Tercero autorizado: este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado requiere documentos para comprobar la representación
Requisitos
Representación por tercero:
  • Autorización simple: autorización en la que se detalle el nombre o denominación del autorizante, personería jurídica con la que actúa o datos de identificación del autorizante, datos del trámite que requiere y para el cual se concede autorización, y el nombre y generales de la persona autorizada, incluyendo su numero de DUI. Puede autorizarse al tercero en la misma solicitud del trámite.
  • Original DUI: autorizado/ apoderado: el autorizado o apoderado deberá presentarse a las oficinas del CBES, con su DUI original, del cual el CBES podrá tomar una copia simple o retomará los datos generales, para sustentar el tramite administrativo correspondiente.
Descarga a continuación los formularios, hojas de verificación y formatos de solicitud de este trámite.
  • Decreto Legislativo número 829, de fecha 26 de enero del 2000, por medio del cual se emiten las tasas por la prestación de servicios del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, publicado en Diario Oficial Número 33, Tomo 346, de fecha 16 de febrero del 2000.
    Artículo 4, numeral 3
  • Decreto Legislativo número 829, de fecha 26 de enero del 2000, por medio del cual se emiten las tasas por la prestación de servicios del Cuerpo de Bomberos de El Salvador, publicado en Diario Oficial Número 33, Tomo 346, de fecha 16 de febrero del 2000.
    Artículo 4, numeral 3
  • Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios
    Artículo 8, Artículo 17
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 67, Artículo 69
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 64, Numeral 2
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 64, Numeral 2
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 73
  • Ley de Procedimientos Administrativos
    Artículo 86, numeral 1; artículo 89, párrafo/inciso 2
  • Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador
    Artículo 15, literal a; artículo 15, literal b
  • Ley del Cuerpo de Bomberos de El Salvador
    Artículo 7
Contáctate con la institución para resolver tus dudas de este trámite.

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