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Solicitud para la asignación de placas de vendedor

Modalidad única

Trámite por medio del cual las Agencias Distribuidoras de vehículos nuevos, previamente registradas, solicitan la autorización para la asignación de placas de vendedor para vehículos en demostración. Con esta autorización las Agencias Distribuidoras, por medio de su representante u apoderado deberá abocarse a cualquiera de las sucursales de las oficinas de SERTRACEN, S. A. DE C. V. para la respectiva emisión y entrega de placas de vendedor …Leer más

$5.75

Costo del trámite

2133-3600

Viceministerio de Transporte

10 días hábiles

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • Listado de requisitos según tipo de personería:

    Persona natural: No aplica

    DOCUMENTOS QUE SE DEBERÁN ADJUNTAR EN FORMATO PDF LEGIBLE Y SIN ERRORES PARA CONTINUAR CON EL TRÁMITE:

    Persona jurídica:
    1. Número de NIT de la persona jurídica
    2. Número del Documento Único de Identificación del representante legal de la persona jurídica
    3. Credencial del Representante Legal vigente inscrita en el Registro de Comercio
    4. Escritura pública de modificación al pacto social debidamente inscrita en el Registro de Comercio (Este documento se adjuntará únicamente si la sociedad ha sufrido modificaciones y estas no obren en los registros de la dirección, art. 4 LPA.)

    Apoderado:
    1. Número de Documento Único de Identidad del Apoderado
    2. Escritura Pública de Poder General Administrativo con cláusula especial, Poder General Judicial con cláusula especial o Poder Especial

    Tercero autorizado:
    1. Número de Documento Único de Identidad del tercero autorizado
    2. Autorización emitida por medio de documento privado con firma legalizada por notario
Detalles
  • Vigencia: No tiene
  • Periodicidad: No tiene periodicidad
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación
  • Tipo de trámite: Persona jurídica
  • Plazo máximo legal de respuesta: 15 días hábiles

Art. 17

Art.5, Art.67, Art.69, Art.72

Art. 20, Art. 117 núm. 43

Art. 31