Procedimiento general: El usuario inicialmente deberá consultar a la aduana donde ingresaron sus mercancías (según documentación que posee), si éstas se encuentran aún en las bodegas de dicha aduana o si han sido trasladadas a la bodega del Departamento de Subastas, para el correcto teledespacho de la Declaración de Mercancías.I. Rescate de las mercancías que se encuentran en la bodega del Departamento de Subastas.1. El usuario deberá presentar la solicitud de rescate y la documentación que corresponda al guardalmacén de la bodega del Departamento de Subastas, para verificar la existencia de la mercancía a rescatar.2. Si la mercancía se encuentra en la bodega, el guardalmacén del Departamento de Subastas estampa el sello de existencia y custodia, en la solicitud de rescate.3. El interesado presenta la solicitud de rescate y la documentación correspondiente, al jefe del Departamento de Subastas, quien recibe y revisa la documentación.4. Si la documentación se encuentre en orden, el Jefe del Departamento de Subastas firma y sella la documentación dándole el visto bueno a la solicitud.5. El interesado a través de su agente aduanero, teledespacha la Declaración de Mercancía hacia la Aduana Terrestre de San Bartolo, para el proceso de selectividad y revisión de las mercancías (si aplica).6. Una vez liquidada la declaración, se presenta ante el guardalmacén de la bodega del Departamento de Subastas y éste recibe del interesado copia de la Declaración de Mercancías liquidada y sus anexos, pago de almacenaje, pago de grúa y experticia (en el caso de vehículos) y demás pagos administrativos; realiza de nuevo el cálculo de pago de almacenaje de la mercancía a rescatar, si el caso lo amerita, entregándole al usuario la hoja de liquidación de almacenaje para su cancelación.7. Después de cancelado el almacenaje, el interesado retira la mercancía rescatada de la bodega del Departamento de Subastas.II. Rescate de las mercancías que se encuentran en las aduanas o delegaciones de aduana de la república1. El interesado deberá presentar la solicitud de rescate y la documentación que corresponda, al administrador de la Aduana donde presuntamente se encuentran las mercancías a rescatar. Para la Aduana San Bartolo, el usuario deberá presentar la solicitud de rescate y la documentación correspondiente al guardalmacén de la bodega de la aduana o del predio de vehículos usados, para verificar la existencia de la mercancía a rescatar. Si la mercancía se encuentra en la bodega o en el predio, el guardalmacén confirma la existencia de ésta en la solicitud de rescate.2. El Administrador de Aduana recibe y revisa documentación de rescate y si se encuentra en orden, autoriza el rescate de la mercancía.3. El interesado, a través de su agente aduanero, teledespacha la Declaración de Mercancías hacia la aduana correspondiente, para el proceso de selectividad y revisión de las mercancías (si aplica).4. Con la documentación de rescate autorizada, el interesado se presenta en ventanilla de la aduana o delegación de aduana, para la liquidación de la Declaración de Mercancías respectiva.5. Una vez liquidada la declaración se presenta ante el funcionario aduanero con copia de la Declaración de Mercancías liquidada y sus anexos, para que realice el cálculo de almacenaje de la mercancía a rescatar (si aplica), entregándole al usuario la hoja de liquidación de almacenaje para su cancelación.6. Después de cancelado el almacenaje, el interesado retira de la aduana o delegación de aduana la mercancía rescatada.NOTA: En ambos casos, al rescate de la mercancía se aplicará el Proceso Administrativo Sancionador, por presentación extemporánea de la Declaración de Mercancía, excepto para el caso de los envíos courier que su valor FOB sea igual o menor a USD $50.00. …Leer más
Ministerio de Hacienda
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