Procedimiento para renovar el documento de fianza que garantice las operaciones que realizará los auxiliares de la función pública aduanera y otros entes, ante la Dirección General de Aduanas, el cual tiene que ser renovado anualmente. Aplica para: agente aduanero, apoderado especial aduanero, gestor de encomiendas personas naturales y hurídicas, transportistas de carga internacional terrestre, operadores de transporte multimodal, empresas courier, consolidadora, desconsolidadora, consolidadora y desconsolidadora, consolidadora, desconsolidadora y agencia naviera. Desconsolidadora, transporte multimodal y agencia naviera, operador de transporte aéreo de carga internacional y desconsolidadora, despachante aduanal de vehículos, importadores de vehículos usados, operaciones de importación temporal con reexportación en el mismo estado de contenedores, remolques y semiremolques que no cuenten con matrícula de un país del área centroamericana o Panamá.PROCEDIMIENTO GENERAL:1. Los auxiliares de la función pública aduanera y otros entes, mencionados anteriormente, presentan en ventanilla de la Unidad de Correspondencia de la Dirección General de Aduanas (DGA), tres juegos en original del 'Formulario de Ficha de prórroga de Fianza de Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otros Entes', completado a máquina o computadora (sin tachaduras o enmendaduras), debidamente firmados por el interesado y la documentación requerida, previo haber generado el número de petición en el sistema de correspondencia.2. El técnico de la Unidad de Correspondencia y Notificaciones verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en la página web de Aduanas, valida número de petición, coloca fecha de recibido y traslada el expediente al Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública, para la emisión de respuesta.3. El Técnico del Departamento de Control los Auxiliares de la Función Pública (AFPA) revisa y analiza el cumplimiento de los requisitos y la documentación presentada, que la fianza esté redactada de acuerdo al modelo establecido, de igual manera verifica si se encuentra solvente con el fisco; de estar todo conforme aprueba las fichas de prórroga, caso contrario, emite formulario y/o auto de prevención al interesado, otorgándole 10 días hábiles para subsanar lo requerido.NOTA: Para el caso que el sistema informático correspondiente no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá al usuario que presente físicamente el documento original que lo ampare o presente la solvencia en línea por correo electrónico.4. Se envía ficha original y (copia de recibido), formulario y/o auto de prevención cuando aplique, a la Unidad de Correspondencia y Notificación, para que se notifique al interesado por medio de correo electrónico.5. Para gestionar la emisión de su carné que le acredite como auxiliar de la función pública aduanera y otros entes (cuando aplique), el usuario se presentará en el lugar que le señale la Dirección General de Aduanas; posteriormente, dicho carné será entregado por el Dpto. de Atención al Usuario.NOTA: Para el caso que las fianzas de los auxiliares de la función pública aduanera y otros entes, sean presentadas de manera extemporánea, se iniciará proceso administrativo sancionador. …Leer más
Ministerio de Hacienda
Tiempo promedio de resolución