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Autorización para reexportar GLP a granel

Modalidad única

Trámite mediante el cual la Dirección de Hidrocarburos y Minas emite una resolución que faculta a una persona jurídica a reexportar Gas Licuado de Petróleo (GLP) a granel. Esta autorización certifica que la operación cumple con los requisitos técnicos, de seguridad y aduaneros establecidos en la normativa vigente sobre hidrocarburos y comercio exterior, garantizando una gestión responsable y legal del producto durante su tránsito hacia el país de destino

+503 2234-6194 y +503 2234-6196.

Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas

22 días hábiles

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • En linea:
    • Solicitud detallando la información general del solicitante, tipo de trámite, volumen de GLP a reexportar, país de destino, frecuencia, fechas probables de la reexportación, vía de transporte a utilizar y precio FOB; asimismo deberá justificar el motivo de la reexportación. Si el trámite es presencial, la solicitud deberá estar firmada por el representante legal, cuya firma tiene que estar debidamente legalizada o autenticada
    • Número de Identificación Tributaria (NIT) de la sociedad solicitante
    • Copia de la escritura de constitución de la sociedad con sus reformas
    • Copia de la credencial del representante legal, vigente
    • Nombre completo, copia del DUI (pasaporte o carnet de residencia si es extranjero) del representante legal
    • Copia del Número de Registro de Contribuyente (NRC) de la sociedad solicitante. Nombre completo, copia del DUI (pasaporte o carnet de residencia si es extranjero), dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico de la persona designada para recibir notificaciones
    • En caso de designar un apoderado legal, deberá anexar fotocopia certificada por Notario del poder con que actúa el peticionario y del Documento Único de Identidad (pasaporte o carnet de residencia si es extranjero)
    • Copia de niveles de inventarios reales a la fecha y proyección diaria de producción, importación, ventas y de existencia para el período de treinta días, a partir de la fecha de reexportación
Detalles
  • Vigencia: No tiene fecha de vencimiento
  • Periodicidad: El trámite puede ser solicitado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 20 días hábiles
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación