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Nota de exoneración de visado de importación de productos veterinarios

Modalidad única

Trámite para la facilitación de importación de productos que según código arancelario requieren visado del Ministerio de Agricultura y Ganadería, pero los cuales no son sujetos de control por parte de la División de Registro y Fiscalización de Productos Veterinarios

2210-1976

Ministerio de Agricultura y Ganadería

5 horas hábiles

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • Copia de factura del producto  
  • Etiqueta del producto  
  • Ficha Técnica del producto a importar  
  • Hoja de seguridad del producto  
  • Número de Documento Único de Identidad: del solicitante o del tercero autorizado
  • Tercero autorizado: Poder Especial o la Autorización debidamente notariada
Detalles
  • Vigencia: la nota de exoneración de visado tiene una vigencia indefinida
  • Periodicidad: a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 1 día hábil
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado requiere documentos para comprobar la representación

Reglamento Técnico Centroamericano: Medicamentos Veterinarios, Productos Afines y sus Establecimientos. Requisitos de Registro Sanitario y Control