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M1 Mercancías que Requieren Permiso Especial de Importación

Procedimiento General: 1. El usuario se presenta a la aduana donde se transmitió la Declaración de Mercancías, con dos ejemplares de ésta, según corresponda y los documentos de soporte que quedarán en poder de la aduana una vez concluido el trámite.2. El funcionario aduanero verifica que el carné de gestor de encomiendas y la fianza se encuentren vigentes. En caso que el carné y/o su fianza se encuentren vencido(a), el gestor de encomiendas pagará un impuesto único del 30%, sobre el valor CIF de la mercancía.3. Ingresa al sistema informático, para generar la selectividad de la DM; en caso que la documentación no coincida con la transmitida y existan diferencias entre los documentos presentados y la declaración, o la información esté incompleta, el funcionario aduanero elaborará la Hoja de Devolución de Documentos al usuario.4. Si el sistema indica levante automático (selectividad verde), se procede al despacho inmediato de las mercancías.5. Si el sistema indica revisión documental (selectividad amarilla), el funcionario procede a verificar detalladamente la documentación presentada; de encontrar algún hallazgo, traslada al administrador de aduana para que designe a un funcionario aduanero que realice la inspección física de las mercancías.6. Si el sistema indica verificación inmediata, (selectividad roja), el funcionario aduanero traslada la documentación al contador vista asignado por el sistema para que realice la inspección física.7. Si el sistema solicita realizar inspección no intrusiva, informa al usuario que proceda a disponer la mercancía en los lugares que se le indiquen (en las aduanas que cuenten con equipo no intrusivo).8. Para el despacho, el oficial aduanero devuelve al usuario las copias de la declaración de mercancías, según corresponda, con la viñeta de la selectividad otorgada por el sistema y las firmas de los funcionarios respectivos. Nota: En caso que el usuario solicite examen previo, deberá remitirse al criterio publicado en el Manual Único de Operaciones, en la página web del MH.Tiempo de respuesta:1. Selectividad roja (inspección física) máximo 24 horas, desde que las mercancías se encuentren a disposición del funcionario aduanero designado, salvo que la autoridad aduanera requiera un plazo mayor, de acuerdo a las características y naturaleza de las mercancías (sin discrepancia).2. Selectividad amarilla (inspección documental), máximo 20 minutos en promedio, en ventanilla. (excepto cuando se determine inspección con equipo no intrusivo)3. Selectividad verde (levante automático) un máximo 8 minutos en promedio, en ventanilla. …Leer más

USD$18.00

Costo del trámite

+503 2314 9722x503 22375368

Ministerio de Hacienda

8 minutos hábiles

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • Documentos de respaldo o anexos en original: Si el tramite es la Terminal de CARGA, aplica esta condición: caso que las mercancías están en bodega de la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA).
  • Factura comercial en original: 1. Factura comercial: Cuando se trate de una compra internacional, o documento equivalente en los demás casos.
    2. En caso de no contar con factura, ni precio de compra por Internet, se podrá utilizar los valores de referencia detallados en el anexo 2 valores CIF y FOB para Mercancías Nuevas, de las Disposiciones Generales sobre el Tratamiento de valoración de la mercancía.
    3. Si el valor en aduana de las mismas, no excede los doscientos dólares de los Estados Unidos de América (USD$200.00) por paquete, la importación estará exenta del pago de Derechos Arancelarios a la Importación (DAI).
  • Fotocopia simple de documentos de respaldo o anexos: En su caso guía aérea
  • Listado de mercancías en original: El usuario presentar un listado DOP-GO-161, con el inventario de mercancías que se están importando.
  • Pasaporte en original: Deberá presentar original y copia de pasaporte que evidencie la entrada a El Salvador
  • Permiso emitido por la Dirección Nacional de Medicamentos en original: 1. Licencias, permisos, certificados u otros documentos referidos al cumplimiento de las restricciones y regulaciones no arancelarias a que estén sujetas las mercancías, y demás autorizaciones.
    2. Previo a la importación de las mercancías, se deberá tramitar el visado o permiso a las autoridades respectivas, de acuerdo a los listados publicados en el portal web del Ministerio de Hacienda, como por ejemplo:
    a. Dirección Nacional de Medicamentos (DNM)
    b. Ministerio de Salud (MINSAL)
    c. Ministerio de Agricultura y Ganadería(MAG)
    d. Otros, que por el tipo de mercancía se requiera.
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia de 1 año
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 24 horas hábiles
  • Tipo de solicitud: Trámite de obligación
Declaración Regional de Viajeros
Declaración Única Centroamericana (DUCA-D)
Formulario UIF 01-5 Declaración de Transporte Internacional de Moneda o Instrumentos Monetarios
Listado de Equipaje junto a la Declaración de Aduana (Equipaje)

Artículo 8

Artículo 77, artículo 78 y artículo 92

Artículo 77, artículo 78, y artículo 92

Artículo 8 y artículo 9

Artículo 77, artículo 78 y artículo 92

Artículo 5 regla V, párrafo/ inciso 10

Artículo 5 regla V, párrafo/ inciso 10

Artículo 5 regla V, párrafo/ inciso 10

Artículo 64, numeral 2

Artículo 73

Artículo 3 y artículo 6

Artículo 3

Artículo 12-B, párrafo/ inciso 2

Artículo 3

Artículo 3

Artículo 317, artículo 318, artículo 319, artículo 320, y artículo 321