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Modalidad única

PROCEDIMIENTO GENERAL:1. El interesado presenta en el Área de Correspondencia, la solicitud firmada en original con toda la documentación requerida, ésta asigna número de entrada y fecha de recibido para remitir a la Unidad de Leyes Especiales.2. La Unidad de Leyes Especiales, revisa la documentación y verifica el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos de la Ley del Régimen Aduanero de Tiendas Libres.3. Cumplidos todos los requisitos se emitirá la resolución de desautorización; la cual, se registrará en los sistemas informáticos, o en su defecto se le prevendrá por medio de auto. 4. Se notificará la resolución, o auto de prevención por medio de correo electrónico o se trasladará al Área de Correspondencia. …Leer más

+503 2244 5281, ext. 5281

Ministerio de Hacienda

20 días hábiles

Tiempo promedio de resolución

Requisitos
  • Fotocopia simple de Documento Único de Identidad: Documento Único de Identidad (DUI) del apoderado o representante legal
  • Fotocopia simple de Poder Notarial: Poder de apoderado o representante legal
  • Fotocopia simple del contrato de arrendamiento: Deberá presentar el FINIQUITO, el cual da por finalizado el contrato con CEPA.
Representación por tercero:
  • Testimonio de Escritura Pública de Poder General Administrativo
Detalles
  • Vigencia: El certificado obtenido tiene una vigencia indefinida
  • Periodicidad: El trámite debe ser renovado a demanda
  • Plazo máximo legal de respuesta: 20 días hábiles
  • Tipo de solicitud: Servicio
  • Tercero autorizado: Este trámite puede ser realizado por un tercero autorizado. El tercero autorizado requiere documentos para comprobar la representación.
Solicitud Dirigida a la Dirección General de Aduanas

Artículo 3

Artículo 67 y artículo 69

Artículo12 y 13,

Artículo 64, numeral 2

Artículo 73

Artículo 86

Artículo 13

Artículo 14-18

Artículo 14-18

Artículo 14-18

Artículo 14-18

Artículo 59, literal C

Artículo 68

Artículo 68

Artículo 68

Artículo 68