Proceso a seguir para la autorización y el registro de las personas que soliciten ser agentes aduaneros.PROCEDIMIENTO GENERAL 1. La Dirección General de Aduanas a través de su pagina web del Portal de Aduanas, informa sobre la convocatoria pública a los interesados en participar en el proceso de selección y autorización para agentes aduaneros, en dicho boletín, se informa cual será la última fecha para que los interesados presenten la documentación solicitada por esta dirección general.2. Usuario presenta en ventanilla del Área de Correspondencia y Notificación de la Dirección General de Aduanas (DGA), el formulario de autorización de agentes aduaneros y los requisitos de ley, previo haber generado el número de petición en el sistema de correspondencia.3. El técnico del Área de Correspondencia y Notificación, verifica que la documentación esté completa y conforme a los requisitos publicados en la página web del Portal de Aduana, valida número de petición, coloca fecha de recibido y procede a trasladar expediente al Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros Entes, para la emisión de respuesta.4. El técnico del Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros Entes, analiza el cumplimiento de los requisitos y verifica que se encuentre solvente con el fisco; si cumple con todo lo requerido se le notificará el día, la hora y el lugar de la realización del examen de competencia.El usuario deberá aprobar el examen con un porcentaje del 70% de respuestas favorables en cada una de las 3 pruebas practicadas, que versará sobre:a. merceología, clasificación arancelaria y normas de origen;b. valoración aduanera de las mercancías;c. legislación y procedimientos aduaneros.5. De aprobar el aspirante el examen, se le notificará que debe presentar la fianza correspondiente, para lo cual la Dirección General emite Resolución de autorización y registra en el Sistema Integrado de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y otros Entes; al agente aduanero, emitiendo a la vez la ficha del carné.6. Se traslada al Área de Correspondencia y Notificación, la Resolución, ficha de emisión de carné, posteriormente se envía a la Subdirección de Innovación para gestionar el usuario y clave de acceso, para el Sistema SIDUNEA WORLD.7. Con la Resolución de autorización y ficha de emisión de carné, el interesado se presenta en el lugar que le señale la Dirección General de Aduanas, a fin de que se elabore el carné que le acredite como agente aduanero.NOTAS:1. El carné será entregado en el Departamento de Atención al Usuario de la DGA.2. De reprobar el examen de competencia, se emitirá la Resolución correspondiente.3. El interesado puede solicitar revisión del examen de competencia dentro del plazo de tres días hábiles posterior a la notificación; el Tribunal Examinador dispondrá del plazo de quince días hábiles para realizar la revisión, el resultado se hará constar en acta, que se envía al Departamento de Control de los Auxiliares de la Función Pública Aduanera y Otros Entes, para la emisión de la resolución que corresponda.4. Para el caso que el Sistema Informático correspondiente, no refleje el estatus tributario de la persona natural o jurídica solicitante, se requerirá a dicho usuario presente físicamente el documento que lo ampare. …Leer más
Ministerio de Hacienda
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